Creadas por el D.L. N° 3.500, de 1980, son las entidades encargadas de determinar la condición de invalidez de aquellas personas que, sin cumplir los requisitos de edad para obtener pensión de vejez, y como consecuencia de enfermedad o debilitamiento de sus fuerzas físicas o intelectuales, sufran un menoscabo permanente de su capacidad de trabajo.
Existen Comisiones Médicas en cada región del país y una Comisión Médica Central. Sus miembros son los siguientes médicos:
Nombre Médico | Presidente Comisión Médica | Rol |
---|
Comisión Medica | Ver |
---|
Secretario | Integrantes |
---|---|
Para efectuar la calificación del grado de invalidez de una persona, las Comisiones Médicas se rigen por las llamadas Normas para la Evaluación y Calificación del Grado de Invalidez de los Trabajadores Afiliados al Nuevo Sistema Previsional, que entrega un marco objetivo para la ponderación de cada caso y que le da sustento al dictamen respectivo. Estas normas son renovadas periódicamente.
Informes de Gestión
Incluyen estadísticas de casos atendidos, resoluciones emitidas, y evaluaciones de eficiencia. Estos informes promueven la transparencia, la rendición de cuentas, y ayudan a identificar áreas de mejora. También aseguran el cumplimiento de normativas y proporcionan datos esenciales para la formulación de políticas públicas.
En 2017, el Informe de Gestión de las Comisiones Médicas fue modificado y reemplazado por el Informe de Calificación de Invalidez, el cual se publica semestralmente y al que se
Título | Descripción | Documento |
---|